sábado, 30 de enero de 2016

Sentencia 253/2015 del Juzgado de 1ª Inst. nº 27 de Valencia de 2 de Octubre de 2015

Declarando la nulidad por error en el consentimiento, de la suscripción de la compra de acciones de BANKIA , condenando a la demandada a abonar a la actora la suma de 12.000 € más los intereses legales desde la fecha de suscripción y deberá el actor reintegrar los valores con los rendimientos en su caso obtenidos con sus intereses legales y todo ello con expresa condena en costas a la demandada.
Bankia quebrantó clamorosamente ese deber de información cuando en el folleto OPS que entregó a los actores ocultó su verdadera situación patrimonial y financiera, provocándoles que su consentimiento estuviera viciado por el error que recaía sobre la solvencia de Bankia que principalmente dio motivo a celebrar el contrato de suscripción de sus acciones (art 1266 Cc), error causado por dolo civil grave y unilateral (art 1270 CC), pues la redacción que dio al mencionado folleto cae de lleno en el concepto de “maquinación insidiosa” que indujo a los demandantes a celebrar ese contrato, que de otro modo no hubieran celebrado (art 1269 CC)”.

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