viernes, 30 de marzo de 2012

Sentencia contra el Santander. Afectados por un derivado financiero (Collar)

Se ha recibido una nueva sentencia favorable a los afectados por un derivado financiero, en este caso un COLLAR,  contra el BANCO SANTANDER, los clientes han sido asistidos por la letrada Dª. María Dolores Arlandis Almenar que cuenta con una amplia experiencia en asuntos financieros incluyendo reclamaciones contra productos complejos como los bonos de Lehman Brothers o las Participaciones Preferentes.
En este caso la parte demandante solicitó la nulidad de pleno derecho del contrato marco de operaciones financieras de tipo de interés collar celebrado, solicitando además a la parte demandada (Banco de Santander) a restituir en su caso a la parte actora las cantidades cargadas en su cuenta más los intereses legales y que se declare la obligación de la parte demandada a retirar a la actora de cualquier registro de impagados en la que hubiere sido incluida como consecuencia de las operaciones antedichas.
El Juzgado ha estimado íntegramente las pretensiones de la parte demandante condenando en costas a la demandanda.
La Sentencia la podéis ver y descargar del fichero adjunto en PDF que hemos subido en este artículo, la tenéis debajo de los iconos de las redes sociales, donde indica descargar archivos de la web www.masqueabogados.com

miércoles, 28 de marzo de 2012

Convocatoria Asamblea en Valencia por los afectados por participaciones preferentes

La Unión de Consumidores de la Comunitat Valenciana es consciente de que se ha producido una comercialización masiva de “participaciones preferentes” por parte de diversas entidades bancarias.

Las participaciones preferentes son productos de "gran complejidad y de  mucho riesgo" sobre los que no se informó debidamente a los consumidores habiendo sido, por tanto, ofrecidos de forma inadecuada.

Entre los riesgos no informados se encuentra su carácter perpetuo, y su iliquidez. Además fueron comercializados como si de plazos fijos se trataran a jubilados y pequeños ahorradores, siendo productos muy diferentes y con distintos niveles de riesgo. En las mismas no se garantiza el capital, que se puede perder, ni el interés, puesto que las participaciones preferentes pueden llegar a no dar rentabilidad, ni están adecuadamente protegidas ya que en la jerarquía de créditos, la participación preferente está por detrás de todos y no están garantizadas por el Fondo de Compensación.

La Unión de Consumidores de la Comunitat Valenciana, entiende que ha de defenderse a los consumidores que con perfil conservador, adquirieron tales productos complejos y de riesgo y que ha provocado fuertes pérdidas económicas calculadas en varios millones de euros.

De la mano de AvanzAC Abogados & Consultores, y de las letradas Dolores Arlandis y Amparo Barrachina, la Unión de Consumidores de la Comunitat Valenciana convoca a los afectados por la negligente colocación de las participaciones preferentes por bancos y cajas españolas a una asamblea informativa el próximo martes 3 de abril de 2012 a las 17 horas en el Salón de Actos del Colegio Notarial de Valencia, ubicado en la calle Pascual y Genís, 21 bajo, de Valencia.

Publicado en www.masqueabogados.com 

martes, 6 de marzo de 2012

Participaciones preferentes. ¿Qué ocurre con los afectados?

Las participaciones preferentes son emisiones de deuda sin un plazo definido. La entidad paga una rentabilidad según sus resultados, e incluso puede no dar nada. Por ello, los altos intereses cobrados ofrecidos durante los años de bonanza se han convertido en cero euros en muchos casos durante la crisis.
Los bancos españoles están ofreciendo sus propuestas para canjear sus polémicas participaciones preferentes.
El asunto objetivamente es claro: ante un cambio normativo que les perjudica, si las mantienen, los bancos convierten las preferentes en instrumentos que computan como capital y  los inversores afrontan riesgos extraordinarios si no aceptan las ofertas de canje.
Actualmente hay cerca de 700 mil afectados en 25.000 millones € por 52 entidades financieras.
Debido a toda esta problemática la UCCV-UCE, convocó el pasado miércoles 29 de febrero, en Valencia la primera Asamblea para afectados por Participaciones Preferentes.
Se trata, como indicó Teresa Llamazares, Directora de la Unión de Consumidores de la Comunitat Valenciana-UCE, de una decisión que debe tomar el consumidor sin apenas tiempo para informarse correctamente y entender de manera clara qué se le está ofreciendo. Ante esta situación la asociación de consumidores UCCV-UCE en  colaboración con el despacho de Abogados AvanzAc convocó ayer una conferencia explicativa de las acciones que asisten a los consumidores.
En primer lugar, está la vía de la mediación: la Unión de Consumidores recomendó a los afectados acudir a las asociaciones de consumidores para informarse debidamente y asesorarse antes de aceptar cualquier solución que pudieran ofrecerles. En este sentido, la UCCV-UCE, al igual que ya han realizado con los afectados de las cuotas participativas, preferentes y obligaciones subordinadas de la CAM, pone a su disposición sus servicios jurídicos para estudiar personalmente su situación y defender los intereses de los consumidores y usuarios.
En segundo lugar, está la vía de la reclamación judicial a través de demandas colectivas contra cada uno de los distintos bancos, según informó AvanzAc abogados.
Ante la mala praxis bancaria, la situación de perplejidad de los consumidores asistentes era evidente, en este sentido fueron muchas las preguntas que plantearon los asistentes resumiéndolas en dos particularmente:
  1. si deben quedarse con unos títulos sin apenas liquidez y de carácter perpetuo, o cambiarlos por acciones o bonos convertibles que les ofrecen.
  2. y si aceptasen el canje si podrían a su vez emprender acciones jurídicas.
Por parte de los letrados de AvanzAc  se indicó que cada canje es distinto y que en ese sentido también su liquidez añadiendo que la evolución en bolsa es sencillamente una incógnita en el escenario actual.

En la conferencia se explicó por parte de Justo Pascual de AvanzAc abogados cómo la venta de las preferentes en la mayoría de los casos había sido inadecuada tanto por el tipo de producto, es decir, producto complejo que requiere de especial información a la hora de explicar sus características como por el tipo de cliente, es decir, consumidor sin experiencia financiera. Es por esto que las sentencias están siendo favorables al consumidor.

A continuación, Mª Dolores Arlandis, abogado del mismo despacho, expuso las posibles vías para iniciar una demanda judicial contra las entidades comercializadoras de Participaciones Preferentes.

Para concluir Amparo Barrachina de Avanzac abogados explicó las ventajas y desventajas de una demanda colectiva así como los costes y duración de la misma.