lunes, 13 de enero de 2014

Amnistía fiscal. ¿una fórmula con éxito?

En su segundo Congreso, el 7 de febrero de 2014, la Asociación DAV – Spanien, de Abogados Alemanes en España, ofrecerá una excelente plataforma de debate, diálogo y análisis de Derecho comparado español-alemán en asuntos de notable actualidad como la amnistía fiscal o la competencia del juez instructor en la investigación penal
¿Defraudar a Hacienda y recibir una amnistía fiscal? Este tema, de gran actualidad en diversos Estados de la Unión Europea, como Alemania y España, será tratado, junto a otros, por ponentes de alto nivel en el II Congreso que la recientemente creada Asociación DAV – Spanien celebrará en la ciudad de Segovia el próximo 7 de febrero.
Bajo los títulos de Amnistía fiscal o autodenuncia: una comparación jurídica” y Juez instructor sí, o fiscal sí, se analizarán comparativamente dichos asuntos desde un punto de vista práctico y político en ambos países. Entre otros, se contará con la participación de ponentes de alto renombre como el Sr, Ignacio Ruiz-Jarabo Colomer, ex-Director de la Agencia Tributaria y socio-director del despacho de Abogados Carrillo – Ruiz-Jarabo; el Sr. Antonio del Moral García, Magistrado de la Sala 2ª del Tribunal Supremo y ex-fiscal; el Sr. Ralph Knispel, Fiscal Jefe de la Fiscalía Superior de Berlín y Presidente de la Asociación federal alemana de Fiscales (Deutscher Staatsanwälte e.V.).
La Asociación DAV – Spanien fue fundada en 2011 por su Presidenta, Rechtsanwältin y Abogada Da Catalina Garay y Chamizo. Se trata de una de las siete Asociaciones locales que son socias pertenecientes a la Asociación de Abogados Alemanes matriz (Deutscher Anwalt Verein) y que tienen sede fuera de las fronteras del país germano. Aquella representa los intereses profesionales de los abogados alemanes desde 1871.
Puedes inscribirte a través del siguiente enlace: http://davspanien.eu/ donde podrás ver el programa, formulario de inscripción e información de cómo llegar.
Para más información diríjase al teléfono 00493031809784.
Las personas de contacto son:
  • Sra.  Catalina  Garay, Presidenta  de  la Asociación,  Rechtsanwältin y Abogada-Partner  en Gülpen & Garay Rechtsanwälte – Abogados – Fachanwälte, en Berlín.

Deutscher Anwaltverein Spanien
Asociación de Abogados Alemanes en España
Sufgürstendamm, 62, D-10707 Berlín
Carrera de San Jerónimo 15, 2º, E-28014 Madrid
gerencia@davspanien.eu
http://guelpen-garay.com/abogados-berlin/

jueves, 19 de diciembre de 2013

Sentencia BANKIA, Obligaciones Subordinadas 10ª Emisión BANCAJA

El Juzgado de Primera Instancia nº7 de Valencia, en Sentencia dictada por la Juez de Adscripción Territorial, declara nulo el contrato de compraventa de Obligaciones Subordinadas 10ª Emisión, por valor de 300.000€, por considerar que concurrió error en el consentimiento de la demandante.
El empleado del Banco manifestó en el acto de juicio: "Si a la actora se le hubieran explicado los riesgos, primero, no lo entendería por el argot, y segundo, no lo hubiera contratado, se hubiera ido"
Letrado: Dª. Mª Dolores Arlandis Almenar
Archivo adjunto: sentencia arlandisabogadoscom.pdf

miércoles, 18 de diciembre de 2013

BONO BACOM. Nulidad radical por falsedad en la firma

En este caso se solicito la nulidad radical por inexistencia del consentimiento por causa de falsedad de la firma del contrato de la compra del producto financiero “BONO BACOM” emitido por la entidad Lehman Brothers.
El juzgado de Primera Instancia nº 16 de Valencia, mediante Sentencia de fecha 13 de diciembre de 2013 ha estimado íntegramente la demanda declarando nulo el contrato, condenando a la restitución de las prestaciones y a BANKINTER S.A. a abonar la cantidad de 120.000 € más intereses legales y costas procesales.
Letrado de la parte demandante: Mª Dolores Arlandis Almenar
Podéis descargaros la Sentencia pinchando en el siguiente archivo adjunto: Sentencia de Juzgado de Primera I...pdf

IRPH, un índice abusivo, manipulable y susceptible de ser declarado nulo

El 28 de abril de 2012 entró en vigor la Orden Ministerial 2899/2011 de transparencia y protección de los clientes de servicios bancarios, en cuyo artículo 27, “tipos de intereses oficiales”, se recogen los tipos de intereses aplicables a los préstamos hipotecarios durante la vigencia de la citada Orden.
Los índices IRPH,  o lo que es lo mismo “Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para adquisición de vivienda libre” en sus distintas modalidades: IRPH Cajas, IRPH Bancos y CECA, ya no aparecen recogidos en el citado artículo, lo que significa que desde el 28 de abril de 2012 han dejado de ser tipos de interés oficial. No obstante, la Disposición Transitoria de la citada Orden establece que la desaparición definitiva de los citados índices tendrá lugar transcurrido un año siempre y cuando en ese tiempo se establezca el correspondiente régimen transitorio en el que ha de fijar el tipo de interés que sustituya a los desaparecidos. Habida cuenta de que transcurrido el año el Ministerio de Economía no había publicado el citado régimen transitorio, estos índices llamados a desaparecer han continuado aplicándose por parte de las entidades, con el correspondiente perjuicio económico para los consumidores y el beneficio injustificado para las entidades bancarias.
La clave de la cuestión reside en que dichos tipos de interés oficiales son manipulables, por ello es tan significativa la diferencia con el Euribor, ya que se pueden mantener artificialmente altos por las propias entidades. Estos índices, a groso modo, se calculan a partir del propio comportamiento de las entidades en el mercado inmobiliario. Es decir:
1.- El IRPH Cajas se calcula según las ofertas hipotecarias de las cajas de ahorros.
2.- El IRPH Bancos es la media de los préstamos a tres años concedidos por estas entidades.
3.- El CECA se obtiene calculando la media de los dos anteriores.
Observamos, por tanto, que en función de lo que convenientemente decidan las entidades, el valor de estos índices puede ir subiendo o bajando, lo cual explica que su evolución sea ajena a la evolución del Euribor, y que en la práctica podamos observar que los índices van creciendo en tanto las entidades necesitan más financiación, mientras que el Euribor registra descensos históricos.
En muchos casos sin que los consumidores lo sepan, la propia escritura de constitución de la Hipoteca, establece un tipo sustitutivo, por ejemplo el Euribor más un punto, prevista en las propias escrituras de hipoteca como índice sustitutivo si desapareciera el IRPH, lo que supondría reducir los costes de una manera muy significativa, de pagar aproximadamente 800 euros mensuales de la cuota de su hipoteca, a pagar unos 550 euros. Teniendo en cuenta que el IRPH de las Cajas ronda actualmente el 4 % de interés (Diciembre 2013), mientras que el Euribor, situado en mínimos históricos, 0,5 % (fecha 12 de diciembre de 2012) más un punto, arrojaría un tipo de entorno al 1,5 %, es decir, 2,5 % menos, lo que significa una gran diferencia para los consumidores a final de mes.
Por todo ello, la solución a este problema pasa por reclamar contra las entidades Bancarias, interponiendo las acciones judiciales correspondientes, y exigir la sustitución por un índice oficial más justo hasta la finalización del Préstamo Hipotecario, como es el Euribor, logrando así un ahorro sustancial en las cuotas a pagar cada mes, repercutiendo en un beneficio económico para los consumidores
Maria Dolores Arlandis Almenar (Abogada)

miércoles, 11 de diciembre de 2013

Qué vendemos los Abogados

Ahora que los Abogados, por fin, nos hemos incorporado al mundo del marketing, de la publicidad, nos hemos familiarizado con las paginas web, con los posicionamientos en la web… etc…, instrumentos idóneos y adecuados para darse a conocer a un gran numero de personas con el minimo coste económico y de tiempo; ahora que hemos conseguido todo ésto… la pregunta que surge es: ¿QUE VENDER? Nuestro producto o mejor dicho, servicio, que proporcionamo al cliente viene siendo el mismo por parte de los más de ciento cincuenta y pico mil abogados que hay en España. Por lo que la venta, y con carácter previo la oferta del servicio tiene que ser u ofrecer algo diferente.
En mi caso, y evidentemente hablo de mi experiencia, con más de 25 años de ejercicio profesional he intentado dar respuesta a unas preguntas muy básicas:
A) ¿QUE ES LO QUE MAS VALORA UN CLIENTE?:
Sin duda alguna el BUEN SERVICIO: con mayúsculas. Este es nuestro diferencial , lo que nos vende realmente, ni el prestigio del despacho, ni la ubicación y mas o menos status, ni tan siquiera el precio.
B) ¿CUAL ES MI DIFERENCIAL A LA HORA DE VENDER MIS SERVICIOS?
Mi diferencial está, no solamente en ofrecer algo diferente a lo que otros despachos de la competencia, si no tener en cuenta la opinión del cliente, su necesidad, lo que éste valora. Y volvemos una vez mas al inicio: EL BUEN SERVICIO.
C) Y ¿COMO SE DA UN BUEN SERVICIO? Partiendo de las siguientes premisas:
  • Escuchando al cliente , prestándole atencion, y centrándonos en su necesidad o problema. Buscando las soluciones que sean más simples y menos costosas y huyendo de las complejidades. Y respondiendo a sus preguntas de forma clara y sin grandes oratorias.
  • Informarle puntualmente y de forma regular de cómo va su asunto. Y aunque no haya ninguna novedad hacerle saber que estamos ahí y estamos pendientes.
  • Que su problema nos preocupa y ocupa.
  • Utilizar cierta sensibilidad con la situación, entorno e idiosincrasia del cliente.Teniendo esa sensibilidad también en los costes y ajustarlos a los tiempos actuales. Hacer un presupuesto siempre, intentando contemplar todos los supuestos previsibles a fin de que el cliente no se lleve ninguna sorpresa desagradable.
  • Una vez acabado su asunto o el trámite en cuestion ofrecerle un seguimiento para cualquier duda o cuestión posterior que se le pueda presentar.
  • Que la relación sea de confianza depende de la cercanía y empatía que se muestre con las necesidades del cliente, y que exista esa confianza es la base de nuestra relacion con ellos. Cuidar los detalles, ser cercano, responder a sus llamadas. Entender que para el cliente su problema es el PROBLEMA.
D) ¿Y NUESTRO VALOR AÑADIDO?
Nuestro valor añadido …. Difícil pregunta cuando como he dicho, somos ciento cincuenta y pico mil abogados y todos, todos ofrecemos lo mismo. Creo que el valor añadido es el compromiso, la lealtad y la profesionalidad para y con el cliente y nuestro trabajo. Y eso no se puede demostrar de otra manera que con la experiencia
 
Rosalía Pensado (Abogada)

Alerta: Fraude en el mercado inmobiliario

Quiero llamar vuestra atención y consideración hacia un problema cada vez más grave y acuciante. Y que gira en torno al tan  “saltado a la torera” derecho constitucional a la vivienda. Y al que todos, empezando por instancias superiores, y  responsables de impartir y aplicar Justicia, hemos vuelto la espalda como si no fuera con nosotros. .
La oleada de desahucios provocados básicamente, salvo algunas excepciones, que las hay, por la situación de crisis, falta de trabajo y sobre todo agravada por la penosa política de empleo aplicada a esta crisis o mejor dicho, por la falta de una auténtica política de empleo por parte de nuestro Estado, (que "de Derecho" se llama, digo), ha llevado a muchas familias, más de las deseables, a la perdida de la única vivienda con la que contaban.
Estos son los desahucios mas sangrantes pues conllevan irremediablemente la perdida de la única vivienda, la familiar. También están los otros desahucios por falta de pago de las rentas.
Pues bien, en este trimestre, y mas exactamente en el último mes, en los últimos días, me han designado por el turno de oficio la defensa de dos precarios. Para quien no sepa lo que es un precario, sea profano en la materia es la posesión/uso de una vivienda sin tener título para ello. Lo que todos conocemos como OKUPACION y OKUPAS.Y si a mi me han designado dos casos en un mes, siendo una más de todos los profesionales que en Barcelona estamos y ejercemos en el turno de oficio, eso confirma que el número de personas que están en la calle viviendo sin recursos aumenta, y que aumenta el número de personas que, a la desesperada, la mayoría de ellos y sin mas ánimo que meterse bajo techo, le dan una patada a la puerta de una vivienda.
Pero analizando los casos que se han ido presentando, y volviendo a lo que quería y era el objetivo de mi “Alerta” he podido comprobar y, estoy segura otros compañeros, también que existe un grupo de desaprensivos, de gentuza, de mafia, que se esta aprovechando de esta situación.
Gente que está en la calle, brujuleando, organizada, que sabe qué pisos están desocupados, que dan la patada en la puerta, que ven en que estado están, que por cierto ni les importa porque no van a ser ellos los que se van a meter ahí, y que a continuación buscan a la víctima propiciatoria, que suele ser un conocido del barrrio (barrios evidenemente degradados y deprimidos económicamente hablando) del que se enteran o saben que no tiene vivienda, recién inmigrado, o que se ha quedado o se va a quedar sin vivienda, un paisano, inmigrante, también que como el individuo en cuestión.
Abordan a éste en plena calle, o bien colocan carteles de “se alquila piso de particular a particular” con un móvil por toda seña a quien le proponen el piso.
El estado de necesidad provoca que el engañado pague los 900 Euros que se le piden por entrar en el piso. Y le entregan un contrato (primera hoja, sin anexo de un contrato de alquiler comprado en un estanco) que parece, es decir, que aparentemente es formal, sin mas especificaciones. Es evidente que el que firma el contrato tarde o temprano se da cuenta de la situación del engaño, no lo denuncia, porque su estado de necesidad no se lo permite, asume la situación y piensa… hasta que me echen tengo un techo para vivir. Este último en su defensa tiene la atenuante del estado de necesidad.
Pero no sabe que se convierte en cómplice de ese fraude.
Se que no estoy contando nada nuevo. Lo nuevo es que todos nos dispusiéramos a denunciar estos hechos, a no permitirlos, ni consentirlos y a solucionar como es debido un problema de vivienda que es un derecho constitucional.
Sé que a lo mejor algunos de los que lean ésto, estén o conozcan a alguien en una situación asi. Hay que denunciar estos hechos, hay que dar la alerta social sobre ello porque está aumentando sin parar el entramado de engaño en torno a la necesidad de vivienda. Hay que impedir que unos se aprovechen de otros y fomentar que la Administración se encargue de ello, y garantice el derecho a una vivienda digna, no gratis, digna y acorde con las necesidades y recursos de todos.

martes, 26 de noviembre de 2013

Negligencia Médica por retraso en el diagnóstico

La Sra. Pilar acudió para control al servicio de ginecología de su ambulatorio donde le realizaron las pruebas habituales de detección de cáncer de útero.
Aunque el resultado fue patológico,no se le informó hasta un año después en aque acudió nuevamente para control, por lo que el cáncer de cuello de útero ya estaba muy avanzado.
Tras realizar el tratamiento quirúrgico y de quimioterapia. Pilar se puso en contacto con la Letrada Margarita Martín Filgueira de Grupo Médico-Legal BCN para reclamar.
Tras los trámites judiciales correspondientes, el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha condenado al Institut Català de la Salut a pagar al marido (Pilar falleció posteriormente debido a un nuevo retraso en el diagnóstico de la reproducción del cáncer por lo que se sigue otro procedimiento judicial) la cantidad de 150.000 € por las secuelas causadas.